Etapas Compliance

Estudio de la empresa

Nos acercaremos a su empresa, charlaremos con usted y sus empleados, y le solicitaremos la documentación necesaria para realizar el análisis de riesgos penales.

Identificación y análisis de riesgos penales

Realizaremos una identificación y analizaremos los riesgos de su empresa, que le presentaremos y explicaremos en el correspondiente Informe de Análisis de Riesgos.

Políticas y medidas para mitigar esos riesgos

Le propondremos un Plan de Acción con una serie de políticas, medidas y controles que habrán de ser implantados en su empresa para mitigar así los riesgos identificados. Entre ellas, la creación de un Código de Conducta y la implantación de un canal de denuncias.

Formación

Uno de los pilares de todo programa de cumplimiento es la formación. Nuestros servicios incluyen formación a directivos y empleados en materia de riesgos penales.

U

Revisión

Una vez se haya implantado el Sistema de Gestión de Riesgos Penales en su empresa, deberá poner un gran esfuerzo en su mantenimiento. Las revisiones periódicas serán claves en la eficacia del mismo.

Breve referencia al nacimiento y evolución de Compliance

COMPLIANCE no es una disciplina nueva. Ya en los años 70 y 80 comienzan a nacer en Norteamérica lo que son hoy los antecedentes del Compliance. De esta década en adelante se empiezan a detectar conductas “poco limpias” en las organizaciones (sobre todo en el ámbito financiero), y de fraude, corrupción y soborno a funcionarios públicos.

Por ello, comienzan a desarrollarse estrategias y mecanismos de control de las actuaciones, para devolver la confianza en las empresas americanas.

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En 1977 nace la “Foreign Corrupt Practices Act” (FCPA), que implica que todas las compañías de Estados Unidos (incluso filiales), con independencia de donde estuvieran ubicadas y del lugar de operación de sus empleados, o terceros a través de los cuales la compañía operara, podían ser sancionadas en el caso de que propiciaran de forma directa o indirecta el soborno a un funcionario público en el extranjero, siempre que con ello se persiguiera un beneficio.

En los años 90 se comienza a hablar de liderazgo y orientación, control interno y gestión de riesgos empresariales.  La intención primera de todo ello es la disuasión de actuaciones fraudulentas, para lo que se redactaron diversos y reseñados informes sobre la materia.

Además, Estados Unidos modificó su sistema judicial estableciendo una atenuación de la pena para aquellas empresas que incorporaran programas de Corporate Compliance o prevención de delitos.

Los países miembros de la OCDE firmaron el Convenio de Lucha contra la Corrupción de Agentes Públicos Extranjeros en las Transacciones Comerciales e Internacionales y se modifica la FCPA, para incluir cláusulas de extraterritorialidad que implican el enjuiciamiento de cualquier persona física o jurídica, nacional o extranjera, vinculada al país, que infrinja la ley.

 

En España

2010 – Reforma del Código Penal para, por una parte, introducir la responsabilidad penal de las personas jurídicas y, por la otra, admitir que la sociedad y sus administradores pueden quedar exentos o mitigados de responsabilidad si se demuestra que, antes de cometer el delito, contaban con un sistema de gestión, prevención y vigilancia adecuado.

2015 – Modificación del Código Penal para establecer la necesidad de que los órganos de administración adopten y ejecuten con eficacia modelos de organización y gestión del cumplimiento normativo interno y externo en las empresas. El objetivo es que, a través de la gestión de estrategias corporativas (regulación de buenas prácticas, Código de Ética, anticorrupción, sistema de prevención de riesgos laborales, protección de datos, blanqueo de capitales, mercado de valores, etc.) se puedan, entre otros, prevenir y suprimir las conductas delictivas de las organizaciones.

Delitos Imputables a la Persona Jurídica

El listado de delitos imputables a la persona jurídica, no es escueto.

Si bien estos delitos existían ya en el Código Penal, es a través de los artículos 31 bis y 129 del mismo, que se hace responsable a las empresas, organizaciones, grupos o cualquier otra clase de entidades o agrupaciones de personas, aunque carezcan de personalidad jurídica.

El término “Compliance” podría traducirse como “cumplimiento” o “conformidad”. Se trata de un término genérico que no se refiere únicamente a Compliance Penal, como se suele tener asumido, o se suele entender.

COMPLIANCE engloba los diferentes bloques normativos que afectan a la actividad empresarial, así como aquellos compromisos asumidos voluntariamente por las empresas.

¿Quiere saber si necesita Compliance en su negocio?

Consecuencias De La Falta De Implantación De Un Sistema De Gestión De Riesgos

Sanciones

El incumplimiento de la normativa aplicable, puede implicar que una organización se exponga a sanciones, tanto administrativas como penales.

Dichas sanciones pueden ir desde las más leves (pequeña multa pecuniaria), hasta las más graves (sanciones de cuantiosos importes con amonestaciones y limitación o prohibición de actividades), llegando incluso a la pérdida de la licencia o al cierre de sus actividades, que, en materia penal, sería el equivalente a la pena de muerte, en este caso, la pena de muerte de la persona jurídica.

Pérdidas financieras

Igualmente, la organización se puede ver envuelta en importantes pérdidas que pueden venir motivadas por las multas que se les imponga, aunque también, en ocasiones, tienen que pagar compensaciones a los clientes para subsanar malas prácticas comerciales que pueden alcanzar cifras millonarias.

Además, la fuga de clientes, consecuencia de la pérdida de confianza que generan los escándalos corporativos, son otro ejemplo de importantes pérdidas económicas que pueden sufrir las empresas.

Pérdida de reputación

El valor de la marca de la empresa y su reputación, son los mayores activos que una organización puede tener. Son activos intangibles que se tardan años en forjar y, sin embargo, se pueden perder rápidamente. Los escándalos corporativos por malas prácticas, y su difusión, destruyen grandes imperios en cuestión de minutos.

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