Entidades cotizadas: ASCOM pide a la CNMV «compliance»
21 de noviembre de 2024

En respuesta a la consulta pública abierta el pasado 15 de enero por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) sobre la propuesta de modificación de determinadas recomendaciones del Código de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas vigente desde 2015, la Asociación Española de Compliance (ASCOM) ha solicitado la incorporación de una unidad de cumplimiento normativo como punto adicional en la Recomendación 46.

Considera ASCOM que, la existencia de una unidad de cumplimiento normativo, o “Compliance”, es un elemento esencial para construir un sistema de control de riesgos eficaz, ya que sin ella el modelo quedaría incompleto y la identificación y el control de los riesgos puede sufrir debilidades y lagunas.

Las tres líneas de defensa que plantea ASCOM: las unidades de negocio, las unidades de prevención y control y la auditoría interna.

Otra cuestión que plantea ASCOM en este caso, en relación a la Recomendación 45, es establecer un modelo de control de riesgos basado en “tres líneas de defensa”: la primera de ellas, las unidades de negocio, la segunda, las unidades de prevención y control y la tercera, auditoría interna.

Justificación: la Circular 1/2014 de 26 de febrero de la CNMV sobre los requisitos de organización interna y de las funciones de control de las entidades que prestan servicios de inversión.

ASCOM justifica esta petición haciendo referencia a la propia Circular emitida por la CNMV, en relación a las entidades que prestan servicios de inversión. “No parece razonable que los requisitos de organización interna recomendados por la CNMV a las sociedades cotizadas sean menos exigentes que las que la propia CNMV ordena a las empresas de servicios de inversión”, comenta la asociación en su escrito.

La importancia del reconocimiento por parte de la CNMV: una buena noticia

Pese a que el Código de Buen Gobierno no es de obligado cumplimiento para las compañías, éstas deben especificar en sus informes de gobierno corporativo el grado de cumplimiento de las recomendaciones y dar explicaciones en los casos de incumplimiento. Es por ello que, sin duda, el hecho de que un regulador del nivel de la CNMV, reconozca la importancia de incorporar esta función de Compliance al Código, es a todas luces, una buena noticia.

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