Actualización de los contratos fijos discontinuos 2022
21 de noviembre de 2024

Los contratos fijos discontinuos están en boca de todos este año. Desde gente en paro, trabajadores temporales actuales, y pymes/empresas medianas. No es una medida nueva, técnicamente, pero hay que tener en cuenta (y es importante), que legalmente estos contratos fueron modificados en diciembre de 2021 en una reforma laboral.

Además, una de las mayores virtudes de estos contratos, es que la empresa puede ofrecer una bolsa de empleo de su propio sector. De esta forma intenta cubrir los meses de inactividad del trabajador, sin afectar al primer contrato fijo discontinuo. La intención es facilitar al trabajador todos los meses laborales que le interese cubrir. Pero vamos a verlo todo por partes.

¿Qué es un contrato fijo discontinuo?

Actualmente, en 2022, el contrato fijo discontinuo es un tipo de contrato que, en la teoría se contabiliza como indefinido, pero se practica de forma intermitente. Es decir, que no trabajamos de forma fija todo el año, con las pagas extra y los meses/semanas de vacaciones. Existe cierta discontinuidad durante el trabajo, durante las famosas temporadas.

Es decir, contrataremos de forma discontinua a una persona la cual necesitaremos de forma «permanente» todos los años, durante los meses de verano. Una vez finalizado ese plazo, se suspende, y se activa el año siguiente.

Todos los trabajos que cumplan con este tipo de características, desde Diciembre de este año se acogerán a este tipo de contratos, por comodidad para la empresa. Sin embargo, no todo es el tiempo. La empresa debe cumplir ciertas normas:

La empresa tiene que confirmar y demostrar que se realizará para trabajos estacionales, vinculados a la temporada alta de producción, o temporada alta por estacionalidad. En caso de que la empresa no pueda o no quiera contratar porque no tenga temporadas altas, simplemente debe otorgar al trabajador periodos de ejecución del contrato reales.

Para las contratas Mercantiles o Administrativas que tengan que ver con la empresa. Estos convenios determinan un plazo máximo de la inactividad del trabajador, siendo de 3 meses.

Para cubrir contratos temporales por parte de las ETTs (Empresas de trabajo temporal), y así cubrir necesidades temporales. Esto se hará para cubrir una duración determinada, pero con el plazo de espera de este tipo de contratos.

Lo que debe cumplirse y las características de un contrato fijo discontinuo

– El contrato, como la gran mayoría, debe realizarse por escrito

El convenio colectivo puede modificarlo a tiempo parcial y aclarar un censo del personal fijo discontinuo. Esto se hace para evitar fraudes

– A cada año, se debe proveer a los trabajadores un calendario laboral con las llamadas a trabajar, las altas efectivas y el cese del trabajo

El llamamiento a trabajar debe realizarse siempre por escrito. En caso de no poder hacerse, se transmitirá por cualquier medio que pueda dejar una notificación permanente a las personas contratadas, con los detalles de inicio

Se debe reflejar siempre en el contrato todo lo relacionado con la actividad. Desde la jornada total, la distribución horaria semanal, y la duración del periodo de trabajo total

Toda la duración del contrato se debe contabilizar siempre a la antigüedad laboral. No es necesario contabilizar solamente el tiempo de servicio realizado exclusivamente.

–– En caso de decidir nosotros dimitir y romper el contrato, estamos obligados como el resto de contratos a avisar con 2 semanas (o más) de antelación, y a renunciar a nuestro derecho de indemnización. La dimisión siempre debe ser por escrito. El convenio puede especificar fechas óptimas donde presentar una dimisión

–– Si un trabajador no acude o responde a la llamada laboral durante el plazo acordado, se considerará una dimisión voluntaria.

¿Tengo indemnización de despido si se rompe el contrato?

Este es un punto poco aclarado. Para la indemnización por despido, por ejemplo, no se tiene en cuenta toda la antigüedad del contrato fijo discontinuo. En este caso, se calcularía en función de los meses «reales» trabajados. En pocas palabras, sí, tendrías derecho a indemnización, pero no iría acorde a la antigüedad total que se calcula durante el contrato.

¿Siempre debo permanecer en este tipo de contrato?

No, en absoluto. De hecho, la empresa está ciertamente obligada a informar a los trabajadores con fijo discontinuo de la existencia de puestos vacantes fijos ordinarios, indefinidos o no. Al igual que cuando se alquila una vivienda, el propietario nos informa de la existencia del alquiler con opción a compra, en este campo sucede de forma parecida. Nosotros podemos trabajar los meses que la empresa nos ofrece, pero si existe la posibilidad de aceptar un puesto mayor, siempre se nos informará.

Aceptarlo o no recae en el trabajador, pues puede que los horarios ofrecidos por el fijo discontinuo sean más acordes a sus necesidades.

Lo mismo sucede con las formaciones dentro de la empresa. De hecho, las personas en fijo discontinuo tienen prioridad a la hora de acceder a los módulos de formación en comparación a otros trabajadores. La única diferencia, es que podemos realizar dichos estudios durante los periodos de inactividad.

En conclusión

Como hemos podido ver, se trata de un «nuevo» tipo de contrato temporal más, acorde más a las temporadas altas de producción de las empresas españolas. Esto ha dejado en segundo plano los contratos temporales estándar, utilizados exclusivamente para plazos completamente temporales. Servicios necesitados durante semanas o meses, y (quizá) nunca más.

Sin embargo como los fijos discontinuos están considerados y catalogados como contratos «fijos», reciben más ayudas y deducciones de lo normal, por lo que siempre van a ser la alternativa preferida aunque no haya temporalidad, pues perfectamente pueden crearla e intentar así hacer crecer la empresa en determinados meses del año.

Quizá con el tiempo este tipo de contratos reciban otro tipo de ajustes o modelos para evitar estos detalles.

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